Ayudas a la contratación Talento 45+ Cámara de Comercio de Málaga 2026
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La Cámara de Comercio de Málaga ofrece ayudas económicas para fomentar la contratación de personas desempleadas de entre 45 y 60 años que hayan completado la fase de orientación del Programa Talento 45+. Las subvenciones, de hasta 5.000€ por contratación, están dirigidas a empresas ubicadas en la demarcación de la Cámara y cubren la formalización de contratos laborales indefinidos o temporales a jornada completa, siempre que se cumplan los requisitos de mantenimiento del empleo y la legislación vigente.
convocatoria 920332 en la BDNS · bases reguladoras
Prepara la solicitud
Lo que piden las bases, las declaraciones rellenas con los datos de tu empresa en un Word y las herramientas para dejar cada documento listo para subirlo a la sede: unir, comprimir, pasar a PDF y firmar con tu certificado.
Quién puede solicitarla
- Dirigida aPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
- SectorActividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias
- ÁmbitoMálaga
Son los datos oficiales de la convocatoria: los requisitos completos están en las bases.
Antes de decidir
- Ayuda de minimisUna misma empresa puede recibir como máximo 300.000 € brutos en ayudas de minimis en cualquier período de tres años (Reglamento (UE) 2023/2831). Suma las que ya hayas recibido de cualquier administración.
- Si pides más de 30.000 €Para ser beneficiaria, tu empresa tiene que estar al día en los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 en la fecha de la solicitud (art. 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones). Si puedes presentar la cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, se acredita con una certificación firmada por el órgano de administración; si no, con un certificado de auditor. Se presenta en los 10 días hábiles siguientes a la propuesta de resolución provisional, salvo que las bases digan otra cosa.
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La solicitud se presenta ante el organismo que convoca, en su sede electrónica.
Origen de los datos: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), Ministerio de Hacienda.