Licitaciones · Cádiz
Mantenimiento de la infraestructura ferroviaria. Ramales de ferrocarril de La Cabezuela (Puerto Real) (CA-072-26)
Revisar mi sobre para esta licitación| Órgano de contratación | Presidencia de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz |
|---|---|
| Expediente | 768/2026 |
| Tipo de contrato | Servicios |
| Procedimiento | Abierto |
| Presupuesto base sin IVA | 179.580,87 € |
| Presupuesto base con IVA | 217.292,85 € |
| Valor estimado | 538.742,61 € |
| Lugar de ejecución | Cádiz |
| CPV | 50225000 |
| Fin del plazo de presentación | 13/10/2026 a las 14:00 (quedan 6 días) |
| Estado | En plazo |
| Garantía definitiva | 5,0 % |
Criterios de adjudicación
- Criterios evaluables mediante fórmulas (precio y otros criterios valorables mediante fórmulas) · 100,0 puntos · por fórmula
Solvencia que pide
- Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario aplique al ejecutar el contrato
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.b) de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
Cuánto bajan los que ganan
En 220 adjudicaciones del mismo grupo de CPV (502), quien ganó bajó una mediana del 0,7 % (la mitad, entre el 0,0 % y el 17,7 %). Con tres o más ofertas, 14,6 %. Solo hubo una oferta en el 43 % de ellas. Calcula la baja temeraria.
Documentos y anuncios
Ver el anuncio en la PlataformaAnuncio en el Diario Oficial de la UE (633109-2026)Pliego de cláusulas administrativasPliego de prescripciones técnicas
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (Plataforma de Contratación del Sector Público). Actualizado el 15/09/2026 a las 10:12. No somos una plataforma de contratación: la oferta se presenta en la del órgano.