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Ayudas

El dinero de la I+D que no se pide

Si tu empresa investiga, desarrolla o innova, Hacienda te descuenta del Impuesto sobre Sociedades entre el 25 % y el 42 % de lo que gastas en I+D (17 puntos más por el personal investigador) y el 12 % de la innovación, y la Seguridad Social te bonifica el 40 % de la cotización del personal investigador. No hay convocatoria ni plazo de solicitud: se aplica en la declaración y en la cotización. Calcula cuánto es y llévale el informe a tu asesor. Más abajo, las bonificaciones de la Seguridad Social por contratar.

Tus cifras de este año

Bonificaciones por contratar

La Seguridad Social bonifica la cuota de la empresa cuando contratas a personas de ciertos colectivos: desempleo de larga duración, discapacidad, exclusión social, víctimas de violencia, formación en alternancia, sustituciones y más. Marca a quién contrataste o vas a contratar y ves cuánto te bonifican cada mes y en total, con el artículo. Son bonificaciones para empresas; se aplican en la cotización, sin convocatoria.

Persona 1
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Tu empresa

Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, en su texto consolidado del BOE (última actualización publicada el 02/09/2026, consultado el 30-oct-2026), y el artículo 2.2 de la Ley 43/2006 para la discapacidad. Cuantías por contrato a tiempo completo y mes natural completo; a tiempo parcial, en proporción a la jornada, con un mínimo del 50 % salvo discapacidad (art. 10). Hay que mantener a la persona en alta al menos tres años en las bonificaciones por contratación indefinida (art. 9). No hay bonificación para familiares y administradores, ni para quien trabajó en tu empresa en los 12 meses anteriores con contrato indefinido o en los 6 anteriores con contrato temporal o formativo, ni para quien dejó un contrato indefinido en otra empresa en los últimos tres meses (art. 11). Junto con otras ayudas públicas para el mismo fin, el 60 % del coste salarial anual como máximo (art. 12.2). No guardamos nada de lo que escribes aquí.

Territorio común: en el País Vasco y Navarra rigen sus normas forales. El cálculo sigue el artículo 35 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (25 % de los gastos de I+D, 42 % sobre lo que superen la media de los dos años anteriores, 17 % más por el personal investigador en exclusiva, 8 % de las inversiones y 12 % de la innovación tecnológica, restando las subvenciones de este año), su artículo 39 (límite del 25 % o 50 % de la cuota, 18 años para aplicar lo que no quepa, y opción de aplicarla sin límite con un descuento del 20 %) y el Real Decreto 475/2014 (bonificación del 40 %, más 5 puntos por menores de 30 años y 5 por investigadoras, durante tres años, con contrato indefinido y dedicación exclusiva; cotización de la empresa por contingencias comunes del 23,60 % en 2026). Para tener la seguridad de que el proyecto es I+D o innovación, el informe motivado del Real Decreto 1432/2003 vincula a Hacienda. No guardamos nada de lo que escribes aquí.